por la cual se hace una cesión

Rango Ley
Publicación 1916-10-14
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo único. Cédense para el servicio del templo del Voto Nacional al Corazón de Jesús, en esta ciudad, los aparatos que constituían la planta eléctrica del Teatro de Colón y que hoy se hallan sin prestar servicio en el Ministerio de Guerra.

Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, a siete de octubre de mil novecientos diez y seis.

El Presidente del Senado, Manuel J. Soto E.-El Presidente de la Cámara de Representantes, Sacramento Ceballos - El Secretario del Senado, Julio D.Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.

Poder Ejecutivo-Bogotá, octubre 10 de 1916.

Publíquese y ejecútese.

JOSE VICENTE CONCHA -El Ministro de Hacienda, TOMAS SURI SALCEDO.

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