por la cual se destina una suma para la Escuela Jiménez de Quesada

Rango Ley
Publicación 1939-12-05
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1° Destínase la cantidad de diez mil pesos ($10.000.00) para terminar la construcción y para la dotación de la Escuela Jiménez de Quezada en el Municipio de Mariquita.
ARTICULO 2° Esta suma será incluida en el Presupuesto de la vigencia fiscal de 1940 y en el caso de que no lo sea el Gobierno queda autorizado para hacer los traslados correspondientes o financiar en cualquier otra forma la realización de la presente ley.
ARTICULO 3° Esta ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a diez y seis de noviembre de mil novecientos treinta y nueve.

El Presidente del Senado, J. V. COMBARIZA-El Presidente de la Cámara de Representantes, ARTURO REGUEROS PERALTA-El Secretario del Senado, Rafael Campo A.-El Secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Órgano Ejecutivo Bogotá, diciembre 4 de 1939.

Publíquese Y Ejecútese.

EDUARDO SANTOS.

EL Ministro de Hacienda y Crédito Público.

CARLOSLLERAS RESTREPO.

El Ministro de Educación Nacional.

Alfonso ARAUJO

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