Por la cual la Nación restituye al Municipio de Honda el pleno dominio sobre unos terrenos
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1° Restitúyese al Municipio de Honda el pleno dominio sobre los terrenos cedidos a la Nación según escrituras públicas números 450 de 1935 y 557 de 1936, otorgadas en la Notaria Publica del mismo lugar, terrenos que fueron cedidos por dicho Municipio a la Nación, con el fin de establecer un aeródromo comercial.
PARAGRAFO. Esta restitución se hará cuando el Gobierno haya dado al servicio el aeródromo que actualmente se construye en el Municipio de Mariquita.
ARTICULO 2° En virtud del artículo anterior, el Gobierno procederá a firmar las escrituras de cesión que restituyan al Municipio de Honda el pleno dominio sobre todos los terrenos que este cedió a título gratuito, con el fin indicado.
ARTICULO 3° Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá a veinte de octubre de mil novecientos cuarenta y ocho.
El Presidente del Senado, ALFONSO ROMERO AGUIRRE.-El Presidente de la Cámara de Representantes, GONZALO URIBE MEJIA-El Secretario del Senado, Carlos V. Rey-El Secretario de la Cámara de Representantes, AlejandroVallejo.
República de Colombia-Gobierno Nacional Bogotá, noviembre dos de mil novecientos cuarenta y ocho.
Publíquese y ejecútese.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Guerra, Teniente General GermánOCAMPO-El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE.
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