Por la cual se decreta un auxilio para la construcción de la escuela normal de Ricaurte, en el Departamento de Nariño,

Rango Ley
Publicación 1960-10-22
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Articulo 1°. Con dineros del Tesoro Nacional auxiliase con quinientos mil pesos ($ 500. 000.00) la construcción de la Escuela Normal de Ricaurte (Nariño).
Artículo 2°. El auxilio señalado en el artículo anterior se tomara la partida global que para construcción de Escuelas Normales corresponda al Ministerio de Educación Nacional durante la vigencia fiscal de 1961. En caso de que asi no se hiciere, facultase al Gobierno Nacional para que efectué los traslados y apropiaciones necesarios dentro de la vigencia fiscal citada, con el fin de que esta Ley tenga inmediato cumplimiento.
Artículo 3°. Esta Ley rige desde su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a octubre 10 de 1960.

El Presidente Del Senado,

JORGE E. GUTIERREZ ANZOLA.

El Presidente de la Cámara,

LUIS ALFONSO DELGADO.

El Secretario del Senado,

JOSE MANUEL HURTADO LOZANO.

El Secretario de la Cámara,

ALVARO AYALA MURCIA.

Republica de Colombia - Gobierno Nacional.

Bogotá, D. E., octubre 20 de 1960.

Publíquese y Ejecútese.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

HERNANDO AGUDELO VILLA.

El Ministro de Educación Nacional,

GONZALO VARGAS RUBIANO.

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