por medio de la cual se aprueba la adhesión de Colombia al “Convenio Internacional del Azúcar de 1973" y la Resolución ISC N° 1 que prorroga dicho Convenio

Rango Ley
Publicación 1976-10-21
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1º. Apruébase la adhesión de Colombia al Convenio Internacional del Azúcar de 1973, abierto a la firma en la sede de las Naciones Unidas hasta el 24 de diciembre de 1973, cuyo texto oficial es el siguiente:

CONVENIO INTERNACIONAL DEL AZUCAR 1973

CAPITULO I. Objetivos.

ARTICULO 1

Objetivos.

Los objetivos del presente Convenio Internacional del Azúcar (en adelante denominado el Convenio), consisten en fomentar la cooperación internacional en los problemas relativos al azúcar y servir de marco para preparar las negociaciones de un convenio que tenga objetivos similares a los objetivos del Convenio Internacional del Azúcar, 1968, que tuvieron en cuenta las recomendaciones contenidas en el acta final del primer período de sesiones de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (en adelante denominada la UNCTAD) y eran los siguientes:

CAPITULO II. Definiciones.

ARTICULO 2

Definiciones.

A los efectos del Convenio:

CAPITULO III. La Organización Internacional del Azúcar, sus Miembros y administración.

ARTICULO 3

Mantenimiento, sede y estructura de la Organización Internacional del Azúcar.

ARTICULO 4

Miembros de la Organización.

ARTICULO 5

Composición del Consejo Internacional del Azúcar.

ARTICULO 6

Atribuciones y funciones del Consejo.

ARTICULO 7

Presidente y Vicepresidente del Consejo.

ARTICULO 8

Reuniones del Consejo.

ARTICULO 9

Votos.

ARTICULO 10

Procedimiento de votación del Consejo.

ARTICULO 11

Decisiones del Consejo.

ARTICULO 12

Cooperación con otras organizaciones.

ARTICULO 13

Admisión de observadores.

ARTICULO 14

Composición del Comité Ejecutivo.

ARTICULO 15

Elección del Comité Ejecutivo.

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