por medio de la cual se aprueban las "Enmiendas al Tratado de Tlatelolco", adoptadas en México D.F. el 3 de julio de 1990,10 de mayo de 1991 y 26 de agosto de 1992

Rango Ley
Publicación 1996-08-09
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso de la República

DECRETA

Visto el texto de las “Enmiendas al Tratado de Tlatelolco”, adoptadas en México, D.F.,el 3 de julio de 1990,10 de mayo de 1991 y 26 de agosto de 1992.

“Organismo para la Proscripción

de las Armas Nucleares en América Latina

Secretario General

Certificación

Por medio de la presente certifico el documento adjunto CG/E/415 que fue presentado y aprobado por la Resolución 310 (E-VIII) en el VIII Período Extraordinario de Sesiones de la Conferencia General del Opanal, celebrado en la ciudad de México el 18 de enero de 1994.

Dicho documento contiene las Enmiendas al Tratado de Tlatelolco, aprobadas sucesivamente por el E-V, XII y el E-VII Períodos de la Conferencia General del organismo.

Se extiende la presente certificación para los fines que fueran del caso, en la ciudad de México a los 4 días del mes de marzo de 1994.

Enrique Román Moray,

Embajador Secretario General.

La Secretaría de Relaciones Exteriores de México, en su calidad de Gobierno Depositario del Tratado de Tlatelolco con fecha 27 de enero de 1994, envió la siguiente información a la Secretaría General del organismo para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América latina y el Caribe.

Estado de firmas y ratificaciones del Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina, y sus Protocolos Adicionales I y II, abierto a firma, en la Ciudad de México, a partir del 14 de febrero de 1967.

País Firma Ratificación Dispensa (Artículo 28)
Antigua y Barbuda 11 oct. 1983 11 oct. 1983 11 oct. 1983
Argentina 27 sept. 1967 18 en. 1994 18 en 1994
Bahamas 29 nov. 1976 26 abril 1977 26 abril 1977
Barbados 18 oct. 1968 25 abril 1969 25 abril 1969
Belice 14 feb. 1992
Bolivia 14 feb. 1967 18 feb. 1969 18 feb. 1969
Brasil 09 may. 1967 29 ene. 1968
Colombia 14 feb. 1967 4 ago. 1972 06 sep. 1972
Costa Rica 14 feb. 1967 25 ago. 1969 25 ago. 1969
Cuba
Chile 14 feb. 1967 09 oct. 1974 18 ene. 1994
--- --- --- ---
Dominica 02 may. 1989 04 jun. 1993 25 ago. 1993
Ecuador 14 feb. 1967 11 feb. 1969 11 feb. 1969
El Salvador 14 feb. 1967 22 abr. 1968 22 abr. 1968
Granada 29 abr. 1975 20 jun. 1975 20 jun. 1975
Guatemala 14 feb. 1967 06 feb. 1970 06 feb. 1970
Guyana
Haití 14 feb. 1967 23 may. 1969 23 may. 1969
Honduras 14 feb. 1967 23 sept. 1968 23 sept. 1968
Jamaica 26 oct. 1967 26 jun. 1969 26 jun. 1969
México 14 feb. 1967 20 sept. 1967 20 sept. 1967
Nicaragua 15 feb. 1967 24 oct. 1968 24 oct. 1968
Panamá 14 feb. 1967 11 jun. 1971 11 jun. 1971
Paraguay 26 abr. 1967 19 mar. 1969 19 mar. 1969
Perú 14 feb. 1967 04 mar. 1969 04 mar. 1969
República Dominicana 28 jul. 1967 14 jun. 1968 14 jun. 1968
San Kitts y Nevis San Vicente y las Granadinas 14 feb. 1992 14 feb. 1992 11 may. 1992
Santa Lucía 25 ago. 1992
Suriname 13 febr. 1976. 10 junio 1977 10 junio 1977
Trinidad y Tobago 27 junio 1967 03 dic. 1970 27 junio 1975
Uruguay 14 febr. 1967 20 agos. 1968 20 agos. 1968
Venezuela 14 febr. 1967 23 marzo 1970 23 marzo 1970

Protocolo AdicionalI

País Firma Ratificación
Estados Unidos 26 mayo 1977 23 nov. 1981
Francia 2 marzo 1979 24 ago. 1992
Países Bajos` 15 marzo 1968 26 julio 1971
Reino Unido 20 dic 1967 11 dic. 1969

Potocolo II

Rep. Pop. China 21 ago. 1973 12 junio 1974
Estados Unidos 01 abril 1968 12 mayo 1971
Francia 18 julio 1973 22 marzo 1974
Reino Unido 20 dic. 1967 11 dic. 1969
URSS 18 may 1978 08 enero 1979

Respecto a la relación de firmas y ratificaciones a la primera enmienda al Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina (Tratado de Tratelolco) dispuesta por la Resolución 267 (E-V), de la Conferencia General del Opanal adoptada en la ciudad de México D.F. el 3 de julio de 1990 que resolvió adicionar la denominación legal del Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina, los términos "y el Caribe", y en consecuencia hacer esta enmienda en la denominación legal establecida en el artículo 7° del Tratado, los países Signatarios y Ratificantes de esta primera enmienda hasta ahora son:

País Firma Ratificación
Antigua y Barbuda
Argentina 10 dic. 1990 18 enero 1994
Bahamas 18 mar.1992
Barbados
Belice
Bolivia 10 dic. 1990
Brasil 05 dic. 1990
Colombia 05 dic. 1990
Costa Rica 10 dic. 1990
Cuba
Chile 16 ene. 1991 18 ene. 1994
Dominica
Ecuador
El Salvador 21 feb. 1991 22 mayo 1992
Granada 17 sep. 1991 17 sep.1991
Guatemala 10 dic. 1990
Guyana
Haití 16 ene. 1991
Honduras 16 ene. 1991
Jamaica 21 feb. 1991 13 mar. 1992
México 5 nov. 1990 24 oct. 1991
Nicaragua 10 dic. 1990
Panamá
Paraguay 19 feb. 1991
Perú 5 dic. 1990
Rep. Dominicana 16 ene. 1991
San Kitts y Nevis San Vicente y las Granadinas Suriname 07 ene. 1992 07 ene. 1992
Trinidad y Tobago
Uruguay 16 nov. 1990
Venezuela 16 ene. 1991

También en la misma nota se envía la información respecto a la relación de firmas y ratificaciones, concernientes a la segunda enmienda al Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina (Tratado de Tlatelolco), dispuesta por la Resolución 268 (XII). adoptada en la ciudad de México D.F., el 10 de mayo de 1991 que sustituye el párrafo 2° del artículo 25 del Tratado con la siguiente redacción:

"La condición de Estado Parte del Tratado de Tlatelolco estará restringida a los Estados Independientes comprendidos en la Zona de aplicación del Tratado de conformidad con su artículo 4º, y párrafo 1° del presente artículo, que al 10 de diciembre de 1 985 fueran miembros de las Naciones Unidas y a los territorios no autónomos mencionados en el documento OEA/CER.P, AG/doc. 1939/85 del 5 de noviembre de 1985, cuando alcancen su independencia".

Los países Signatarios y Ratificantes de esta segunda enmienda son:

País Firma Ratificación
Antigua y Barbuda
Argentina 14 oct. 1991 18 ene. 1994
Bahamas
Barbados
Belice
Bolivia 10 sept. 1991
Brasil 23 ene. 1992
Colombia 10 sept. 1991
Costa Rica 3 sept. 1991
Cuba
Chile 3 sept. 1991 18 ene. 1994
Dominica
Ecuador 13 sept. 1991
El Salvador 10 sept. 1991
Granada 17 sept. 1991
Guatemala
Guyana
Haití 21 ene. 1992
Honduras 4 mar. 1992
Jamaica 17 sept. 1991
México 2 sept. 1991 10 abril 1992
Nicaragua 28 ene. 1992
Panamá
Paraguay 21 ene. 1992
Perú 21 ene. 1992
Rep. Dominicana 10 sept. 1991
San Kitts y Nevis San Vicente y las Granadinas Suriname 7 ene. 1992 7 ene. 1992
Trinidad y Tobago
Uruguay 17 sep. 1991
Venezuela 10 sept. 1991

También en la misma nota se envía la información respecto a la relación de firmas y ratificaciones, concernientes a las enmiendas al Tratado para la Proscripción de las Armas Nucleares en la América Latina (Tratado de Tlatelolco), dispuestas por la Resolución 290 (E-VII), de la Conferencia General y adoptadas en la Ciudad de México, D.F., el 26 de agosto de 1992.

Aprobar y abrir a la firma las siguientes enmiendas al Tratado:

Artículo 14.

Artículo 15.

Texto que sustituye al artículo 16 en vigor:

Artículo 16.

Artículo 19.

Y se renumera a partir del artículo 20 en adelante:

Artículo 20.

País Firma Ratificación
Antigua y Barbuda
Argentina 26 ago. 1992 18 ene. 1994
Bahamas
Barbados
Belice
Bolivia 31 ago. 1992
Brasil 26 ago. 1992
Colombia 14 dic. 1992
Costa Rica 26 ago. 1992
Cuba
Chile 26 ago. 1992 18 ene. 1994
Dominica
Ecuador 26 ago. 1992
El Salvador 08 sep. 1992
Granada
Guatemala 26 ago. 1992
Guyana
Haití 22 oct. 1992
Honduras 26 ago. 1992
Jamaica 08 jun. 1993
México 26 ago. 1992 01 sept. 1993
Nicaragua 26 ago. 1992
Panamá
Paraguay 26 ago. 1992
Perú 09 feb. 1993
Rep. Dominicana 26 ago. 1992
San Kitts y Nevis
San Vicente y las Granadinas Suriname Trinidad y Tobago
Uruguay 26 ago. 1992
Venezuela 26 ago. 1992

El Suscrito Jefe de la Oficina Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores,

HACE CONSTAR:

Que la presente reproducción es fiel fotocopia tomada del texto certificado de las "Enmiendas al Tratado de Tlatelolco", adoptadas en México D.F., el 3 de julio de 1990, 10 de mayo de 1991 y 26 de agosto de 1992.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los seis (6) días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro (1994).

Héctor Adolfo Sintura Varela,

Jefe Oficina Jurídica.»

RAMA EJECUTIVA DEL PODER PUBLICO

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA

Santa Fe de Bogotá, D. C., 28 de diciembre de 1994

Aprobado. Sométase a la consideración del honorable Congreso Nacional para los efectos constitucionales.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Relaciones Exteriores,

(Fdo.) Rodrigo Pardo García Peña.

DECRETA:

Artículo 1º. Apruébase las "Enmiendas al Tratado de Tlatelolco", adop­tadas en México D.F.,el 3 de julio de 1990,10 de mayo de 1991 y 26 de agosto de 1992.
Artículo 2º. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 7 de 1944, el "Enmiendas al Tratado de Tlatelolco", adoptadas en México D.F., el 3 de julio de 1990,10 de mayo de 1991 y 26 de agosto de 1992, que por el artículo primero de esta Ley se aprueba, obligará al país a partir de la fecha en que se perfeccione el vínculo internacional respecto del mismo.
Artículo 3º. La presente Ley rige a partir de la fecha de su publicación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

Julio César Guerra Tulena.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Pedro Pumarejo Vega.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.