que concede una exención
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Exímese del pago de derechos de Aduana el cemento romano contenido en mil barriles que el Consejo Municipal de Cartagena pidió a los Estados Unidos con destino exclusivo á la obra del mercado público de esa ciudad.
Dada en Bogotá, á 23 de Octubre de 1903.
El Presidente del Senado, J. M. URICOCHEA-El Presidente de la Cámara de Representantes, AUGUSTO N. SAMPER-El Secretario del Senado, Miguel A. Peñaredonda-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
Poder Ejecutivo-Bogotá, Octubre 24 de 1903.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) JOSÉ MANUEL MARROQUÍN
El Ministro de Hacienda,
RUPERTOFERREIRA
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