por la cual se honra la memoria de Camilo Torres

Rango Ley
Publicación 1911-11-13
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo único. El 4 de Octubre de 1912, primer centenario de la exaltación del doctor Camilo Torres á la Presidencia de las Provincias Unidas de la Nueva Granada, se le erigirá en Popayán, su ciudad nativa, una estatua, como homenaje de la Patria al esclarecido jurisconsulto del foro colonial, al tribuno, prócer y mártir de la emancipación colombiana.

Parágrafo. En el Presupuesto de la próxima vigencia se incluirá la partida que demande la ejecución de la presente Ley.

Dada en Bogotá á seis de Noviembre de mil novecientos once.

El Presidente del Senado,

JOSE VICENTE CONCHA

El Presidente de la Cámara de Representantes,

El Secretario del Senado,

Carlos Tamayo

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Miguel A. Peñaredonda

Poder Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 8 de 1911.

Publíquese y ejecútese.

(L. S.) CARLOS R. RESTRERO

El Ministro de Gobierno,

PEDRO M. CARREÑO

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