Por la cual se dan unas autorizaciones al Gobierno en relación con el Cable Aéreo Gamarra-Ocaña, y se ceden unos elementos de dicho cable
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1.°Derogado.
ARTICULO 2.°Derogado.
ARTICULO 3.°Derogado.
ARTICULO 4.°Derogado.
Dada en Bogotá a diez y nueve de octubre de mil novecientos cuarenta y ocho.
El Presidente del Senado, ALFONSO ROMERO AGUIRRE-El Presidente de la Cámara de Representantes, GONZALO URIBE MEJIA-El Secretario del Senado, Carlos V. Rey-El Secretario de la Cámara de Representantes, Alejandro Vallejo.
República de Colombia-Gobierno Nacional-Bogotá, noviembre dos de mil novecientos cuarenta y ocho.
Publíquese y ejecútese
MARIANO OSPINA PEREZ.
El Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANO Y LOZANO-El Ministro de Obras Públicas, Luis Ignacio ANDRADE.
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