Que honra la memoria del Jeneral Marcelo Buitrago i concede una pensión a sus dos hijas
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
considerando:
1.° Que el ciudadano Marcelo Buitrago comenzó a servir en el ejército que defendia la Independencia nacional e hizo, siendo todavía mui jovén, las campañas de los valles de Cúcuta, Apure i Venezuela;
2.° Que se encontró en muchas de las acciones más notables de aquel período, como Carabobo, Monte-claro i Mata - redonda;
3.° Que desde 1819 hasta su muerte sirvió siempre a su patria con honradez, intelijencia i patriotismo, ya como militar, ya en empleos civiles; i
4.° Que estos hechos, jeneralmente conocidos, están comprobados por el testimonio de los Jenerales Bolívar, Páez, Rafael Urdaneta, Salom, Mantilla, Soublette, Lino Clemente, Gómez, López, Herrera, Mosquera, Pans, &.ª i se han reconocido por el Poder Ejecutivo nacional rejistrándolos en su hoja de servicios,
decreta:
Artículo 1.° El Congreso de los Estados Unidos de Colombia reconoce los servicios que el antiguo Jeneral Marcelo Buitrago prestó a la independencia i libertad de su Patria, i consagra un recuerdo honroso a su memoria.
Artículo 2.° Las señoritas Emilia i Dolores Buitrago, sus hijas lejítimas, gozarán de una pension de veinticinco pesos mensuales cada una, pagaderos del Tesoro nacional en los mismos términos en que, segun las disposiciones vijentes, se pagan las pensiones de los militares de la Independencia.
Artículo 3.° De la pension de que trata el artículo anterior disfrutarán las señoritas agraciadas hasta que tomen estado.
Artículo 4.° Un ejemplar auténtico de esta lei se remitirá a las señoritas Emilia i Dolores Buitrago.
Dada en Bogotá, a trece de mayo de mil ochocientos setenta i seis.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
Eliseo Payan.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
Aníbal Galindo.
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,
J. M. Quijano Otero.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Adolfo Cuéllar.
Bogotá, 22 de mayo de 1876.
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L. S.) AQUILEO PARRA.
El Secretario del Tesoro i Crédito nacional,
Luis A. Róbles.
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