Por la cual se decretan unos auxilios para el Colegio de Varones "Mariano Ospina Pérez", para el Colegio Femenino de Bachillerato, y para Escuela Normal Rural para Señoritas, que funcionan en Villavicencio, en la Intendencia del Meta

Rango Ley
Publicación 1958-12-18
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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Intendencia del Meta.

El Congreso de Colombia

DECRETA

Artículo 1°. Decretase un auxilio de cien mil pesos al Colegio Intendencia llamado "Mariano Ospina Perez" para Varones, que funciona en Villavicencio, y con destino a la ampliación del edificio en que funciona el colegio. Ampliación consistente en construcción de nuevas aulas dedicadas al funcionamiento de nuevos cursos, para construcción de dormitorios, comedores, economatos y demás dependencias para poder establecer el internado del Colegio, para construcción de una capilla y canchas deportivas.
Artículo 2°. Decretase un auxilio de ochenta mil pesos al Colegio Intendencia Femenino de Bachillerato que funciona en Villavicencio, y con destino a la construcción del edificio en que dicho Colegio debe continuar funcionando.
Artículo 3°. Decretase un auxilio de chenta mil pesos para la Escuela Normal Rural que funciona en Villavicencio para Señoritas, en parte suburbana, y con destino a la ampliación del edificio en que funciona, tal como construcción de un nuevo pabellón, de actos, capilla, canchas deportivas, salón para biblioteca y otras dependencias.
Artículo 4°. Inclúyanse los auxilios antes citados en el Presupuesto Nacional para la próxima vigencia, y en caso de que no alcanzaren a incluirse, facultase al Gobierno Nacional para que haga las apropiaciones correspondientes en el Presupuesto Nacional.
Artículo 5°. Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a 4 de diciembre de 1958.

EL PRESIDENTE DEL SENADO,

DIEGO TOVAR CONCHA.

EL PRESIDENTE DE LA CAMARA DE REPRESENTANTES,

ENRIQUE PARDO PARRA.

EL SECRETARIO GENERAL DEL SENADO,

JORGE MANRIQEUUE TERAN.

EL SECRETARIO GENERAL DE LA CAMARA DE REPRESENTANTES,

LUIS ALFONSO DELGADO.

Republica de Colombia. - Gobierno Nacional.

Bogotá, D. E., 12 de diciembre de 1958.

PUBLIQUESE Y EJECUTESE.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

HERNANDO AGUDELO VILLA.

El Ministro de Educación Nacional,

REINALDO MUÑOZ ZAMBRANO.

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