Que ordena la construcción de un camino y el examen de una línea para ferrocarril
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia
decreta:
Art. 1°. El Poder Ejecutivo procederá inmediatamente á hacer construir las obras siguientes:
1.ª Un camino de herradura entre Utica y el rio Magdalena, siguiendo la ruta explorada por el Ingeniero Poncet;
2.°El exámen por un Ingeniero de reconocida habilidad, de la línea para ferrocarril que ha propuesto el señor Fabián González B., y debería subir de Utica por el rio Negro y pasar por Pacho, Cogua y Zípaquirá;
3.° La formacion de los trazos, planos, perfiles, presupuestos &c. de dicha línea en caso de que resulte practicable; y
4.° Los edificios necesarios para bodegas en el puerto del Magdalena en la embocadura de la quebrada denominada de "La Perrera."
Art. 2°. Para los gastos que ocasionen, las obras mencionadas dispondrá el Poder Ejecutivo hasta de la suma de cien mil pesos ($100,000), la cual se tendrá como incluido en el Presupuesto en vigencia.
Dada en Bogotá á trece de Mayo de mil ochocientos ochenta y uno.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
Aristídes Calderon.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
Bernardo Cuéllar.
El secretario del Senado de Plenipotenciarios,
Benjamin Pereira G.
El Secretario de la cámara de Representantes,
Cárlos Cótes.
Poder Ejecutivo nacional.-Bogotá,20 de Mayo de 1881
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L.S). RAFAEL NUÑEZ.
El Secretario del Fomento,
Gregorio Obregon.
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