por la cual se autoriza al Gobierno para que compre varios objetos de arte

Rango Ley
Publicación 1888-03-01
Estado Vigente
Departamento CONSEJO NACIONAL LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Consejo Nacional Legislativo

DECRETA:

Art. 1.° Autorízase al Gobierno para que, por medio de los respectivos Ministerios y poniéndose de acuerdo con los deudos del Sr. General D. Alberto Urdaneta, proceda á adquirir en compra los objetos y libros que existían en su gabinete de estudio.
Art. 2.° Estos objetos, una vez adquiridos, se distribuirán por el Ministerio respectivo así:

Las obras de arte, los cuadros, esculturas, medallones, grabados, estampas y fotografías, para la Escuela de Bellas Artes.

Los objetos curiosos, la colección numismática, las antigüedades indígenas, los objetos históricos y muestras minerales, para el Museo nacional.

Y los libros cuyo contenido no se roce directamente con el arte, para la Biblioteca nacional.

Art. 3.° En el caso de que se celebre el arreglo á que se refiere el artículo 1.°, el Gobierno podrá disponer de la suma para ello necesaria, la cual se considerará incluída en el respectivo Presupuesto.
Art. 4.° Autorízase también al Gobierno para comprar al Sr. Rafael Pombo, previo avalúo, la colección de cuadros y otros objetos de arte y de enseñanza de arte que posee. La suma necesaria para este gasto se considerará incluida en el Presupuesto vigente.
Art. 5.° El Gobierno no usará de las autorizaciones á que esta Ley se refiere, sino después de hacer avaluar, por medio de peritos, con intervención de los Directores de Museo y la Biblioteca nacionales, los objetos de cuya adquisición se trata.

Dada en Bogotá, á veinticinco de Febrero de mil ochocientos ochenta y ocho.

El Presidente, CARLOS CALDERÓN R. -El Vicepresidente, José María Rubio Frade-Los Secretarios, Manuel Brigard-Roberto de Narváez.

Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Febrero 27 de 1888.

Publíquese y ejecútese.

(L. S.) RAFAEL NÚÑEZ.

El Ministro de Instrucción Pública,

J. CASAS ROJAS.

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