Por la cual se condona una deuda a favor del señor Abel Saldarriaga
El Congresode Colombia
decreta:
ARTICULO 1º Condónase a favor del señor Abel Saldarriaga la suma de cien pesos ($100) moneda legal, por la cual se le adelanta ejecución como responsable de una fianza de cárcel segura.
ARTICULO 2º Esta ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá a dos de septiembre de mil novecientos cuarenta y uno.
El Presidente del Senado, PEDRO JUAN NAVARRO-El Presidente de la Cámara de Representantes, GUILLERMO VALENCIA-El Secretario del Senado, JoséUmañaBernal. El Secretario de la Cámara de Representantes, JorgeUribeMárquez.
Organo Ejecutivo-Bogotá, 10 de septiembre de 1941.
Publíquese y ejecútese.
EDUARDOSANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
CarlosLLERASRESTREPO
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