Por la cual la Nación cede un edificio al Municipio de Sevilla, Valle del Cauca
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. La nación cede en propiedad al Municipio de Sevilla, Valle del Cauca, el lote y su edificación que hasta ahora ocupan en esa ciudad las oficinas de la Empresa de Telecomunicaciones, por la ubicación, linderos y demás especificaciones a que se refiere la escritura pública número 453, de 20 de noviembre de 1951, otorgada ante el Notario 2°. de Sevilla.
Artículo 2°. El Gobierno Nacional proceder a otorgar en favor del expresado Municipio la escritura pública correspondiente, y hará entrega del inmueble inmediatamente después que se opere el traslado de las oficinas de la Empresa de Telecomunicaciones que actualmente lo ocupan.
Artículo 3°. Esta Ley rige desde su sanción.
Dada en Bogotá, D.E., a 19 de septiembre de 1963.
El Presidente del Senado,
ALVARO MENDOZA RUIZ.
El Presidente de la Cámara,
HECTOR JIMENEZ TIRADO.
El Secretario del Senado,
Néstor Eduardo Niño Cruz.
El Secretario de la Cámara,
Néstor Urbano Tenorio.
República de Colombia. - Gobierno Nacional.
Bogotá, D.E., octubre 3 de 1963.
Publíquese y ejecútese.
GUILLERMO LEON VALENCIA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado, Hernando Gómez Otálora. El Ministro de Comunicaciones, Miguel Escobar Méndez.
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