de honores al señor don Francisco Javier Cisneros
La Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa.
DECRETA:
Artículo 1.º Reconócense los importantes servicios que durante muchos años prestó al país el distinguido patriota cubano señor don Francisco Javier Cisneros, como eminente empresario de obras públicas en Colombia, y ordena que en uno de los salones del Ministerio de Obras Públicas y Fomento se coloque su retrato, al óleo, costeado con fondos nacionales, y con la siguiente inscripción: A Francisco Javier Cisneros, la Asamblea Nacional de 1907.
Artículo 2.º La estación que se construya en el Ferrocarril de Antioquia, á inmediaciones de La Quiebra, llevará el nombre de Estación Cisneros, lo mismo que la que se construya en el Ferrocarril del Cauca a inmediaciones de Juntas, y en el de Girardot á inmediaciones de la ciudad de Facatativá.
Artículo 3.º La partida necesaria para el gasto que implique lo dispuesto en el artículo 1.° de esta Ley se considerará incluida en el Presupuesto de Gastos para la vigencia en curso.
Artículo 4.° Copia de esta Ley se pasará á la familia Cisneros.
Dada en Bogotá, á ocho de Junio de mil novecientos siete.
El Presidente,
LUIS CUERVO MARQUEZ
El Secretario, Gerardo Arrubla.
Poder Ejecutivo-Bogotá, Junio 14 de 1907.
Publíquese y ejecútese.
(L.S.)R. REYES
El Ministerio de Obras Públicas,
F. DE P. MANOTAS
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