por la cual se da una autorización al Poder Ejecutivo

Rango Ley
Publicación 1909-10-22
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Autorízase al Gobierno para adquirir las concesiones ó derechos eventuales que puedan tener los herederos de don Jorge Isaacs y que á éste se le reconocieron desde mil ochocientos ochenta y seis como descubridor, para la explotación de carboneras y fuentes de petróleo en las regiones de Aracataca, estribaciones y macizos de la Sierra Nevada de Santa Marta y en el golfo de Urabá.
Artículo 2°. La suma necesaria, llegado el caso, para pagar las concesiones ó derechos eventuales en ellas, se considerará incluida en los Presupuestos.

Dada en Bogotá, á quince de Octubre de mil novecientos nueve.

El Presidente del Senado,

FRANCISCO GROOT

El Presidente de la Cámara de Representantes,

TOMAS O. EASTMAN

El Secretario del Senado,

Carlos Tamayo

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Luis Maria Terán

Poder Ejecutivo-Bogotá, Octubre 18 de 1909.

Publíquese y ejecútese.

(L. S.)

RAMON GONZALEZ VALENCIA

El Ministro de Obras Públicas,

CARLOS J. DELGADO

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