Por la cual se da una autorización al Municipio de Barranquilla y se dicta una disposición sobre los bienes del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Articulo 1º El Municipio de Barranquilla queda autorizado para seguir cobrando el impuesto de un centavo por locomoción urbana, que tiene creado, con aplicación a la instrucción primaria.
Articulo 2º Los bienes y rentas del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario no están incluidos entre los bienes y rentas de los establecimientos de instrucción pública que están sometidos al pago de impuestos nacionales, departamentales o municipales.
Articulo 3º Esta Ley regirá desde su promulgación.
Dada en Bogotá a quince de noviembre de mil novecientos treinta y dos.
El Presidente del Senado, EDUARDO LEMA V. El Presidente de la Cámara de Representantes, MISAEL PASTRANA. El Secretario del Senado, Luis C. Seba Piñeres. El Secretario de la Cámara de Representantes, Horacio Valencia Arango.
Poder Ejecutivo-Bogotá, noviembre 23 de 1932.
Publíquese y ejecútese.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
EstebanJARAMILLO
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