Por la cual se amplía el plan de reconstrucción de la ciudad de Túquerres
El Congreso de Colombia
decreta:
ARTICULO 1°. El plan de reconstrucción de la ciudad de Túquerrres, a que se refieren las leyes 115 de 1936, 46 de 1937 y 8 de 1942, comprenderá la pavimentación de la ciudad.
ARTICULO 2°. Esta ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá, a ocho de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.
El Presidente del Senado, JULIO CESAR ENRIQUE- El Presidente de la Cámara De Representantes, JUAN B. BARRIOS -El Secretario del Senado, Arturo Salazar Grillo. El Secretario de la Cámara de Representantes, Andres Chaustre B.
Organo Ejecutivo -Bogotá, 21 de diciembre de 1944.
Publíquese y ejecútese,
ALFONSO LOPEZ.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Gonzalo RESTRPO-El Ministro de Obras Públicas, Alvaro DIAZ S.
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