Por la cual se otorgan facultades extraordinarias al señor Presidente de la República para revisar la actual situación de la Reserva Sierra de La Macarena y definir sobre sus límites reales

Rango Ley
Publicación 1989-03-03
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1º. Facultades extraordinarias. De conformidad con lo previsto en el numeral 12 del artículo 76 de la Constitución Nacional revístese de facultades extraordinarias al Presidente de la República por el término de seis meses contados a partir de la promulgación de la presente Ley, para que dicte normas sobre la actual situación de la Reserva Sierra de la Macarena en las siguientes materias:

Dada en Bogotá, D.E., a los ... días del mes de ... de mil novecientos ochenta y nueve (1989).

El Presidente del honorable Senado de la República,

ANCIZAR LOPEZ LOPEZ

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

FRANCISCO JOSE JATTIN SAFAR

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Crispín Villazón de Armas.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Luis Lorduy Lorduy


República de Colombia - Gobierno Nacional.

Publíquese y ejecútese.

Bogotá, D.E., marzo 3 de 1989.

Virgilio Barco

El Ministro de Agricultura,

Gabriel Rosas Vega.

El Ministro de Educación Nacional,

Manuel Francisco Becerra Barney

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