por la cual la Nación se asocia a la celebración de los cincuenta años de la fundación del Municipio de Villagarzón en el Departamento de Putumayo

Rango Ley
Publicación 1997-01-08
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º. La Nación se asocia a la celebración de los cincuenta años de la fundación del Municipio de Villagarzón en el Departamento del Putumayo.

Artículo 2º. A partir de la sanción de la presente Ley y de conformidad con los artículos 334 y 341 de la Constitución Política en Colombia, autorízase al Gobierno Nacional para participar mediante cofinanciación con el Municipio, la suma de dos mil millones de pesos ($2.000.000.000.00) moneda legal, para ejecutar las siguientes obras de interés social en el Municipio de Villagarzón, Putumayo, así:

Proyecto Aporte
1 Terminación, construcción acueducto Villagarzón (Quebrada Curiyaco). Terminación alcantarillado y lagunas de oxidación $700.000.000.00
2. Ampliación hospital local $400.000.000.00
3. Construcción plaza de mercado $400.000.000.00
4. Reparación, adecuación planteles educativos de Villagarzón $300.000.000.00
5. Construcción matadero municipal $200.000.000.00

Parágrafo. La contrapartida de cofinanciación que le corresponde al municipio se hará según el parágrafo del artículo 69 del Decreto 111 de enero de 1996 establecido para proyectos especiales que a la letra dice: "Los Municipios de los Departamentos de Vichada, Guainía, San Andrés y Providencia y Putumayo, cofinanciarán el 5% de los proyectos de inversión" (Ley 225 de 1996).

Artículo 3º. Esta ley rige a partir de la fecha de su sanción.

El Presidente del honorable Senado de la República,

Luis Fernando Londoño Capurro.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Pedro Pumarejo Vega.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Giovanni Lamboglia Mazzilli.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Diego Vivas Tafur.

REPUBLICA DE COLOMBIA - GOBIERNO NACIONAL.

Publíquese y ejecútese.

Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 27 de diciembre de 1996.

ERNESTO SAMPER PIZANO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José Antonio Ocampo Gaviria.

La Ministra de Educación Nacional,

Olga Duque de Ospina.

La Ministra de Salud,

María Teresa Forero de Saade.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.