Por la cual se reforma la 66 de 1891
El Congreso De Colombia
decreta:
Artículo único. La pensión mensual de sesenta pesos ($60) que la Ley 66 de 1881 concedió á la señora Ignacia Gutiérrez de Piñeres de Valest y á sus hijos menores María de la Paz y Jenaro Valest Piñeres, continuará, pagándose íntegramente á la expresada señora, por haber estos entrado á ser mayores de edad.
Dada en Bogotá á treinta y uno de Octubre de mil ochocientos noventa y cuatro
El Presidente Del Senado, Antonio Roldan -El Presidente de la Cámara De Representantes, Narciso García Medina. -El Secretario Del Senado, Camilo Sánchez - El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda
Gobierno Ejecutivo. Bogotá, Noviembre 6 de 1894.
Publíquese y ejecútese.
- M. A. CARO. -- El Ministro Del Tesoro, -- Miguel Abadía Méndez.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.