por la cual se honra la memoria de un servidor público
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1.º La República lamenta la prematura muerte del señor doctor Samuel Ramírez Arbeláez, ocurrida en Lima, cuando aquel distinguido ciudadano, en su calidad de Encargado de Negocios de Colombia, defendía con brillo y consagración los intereses nacionales.
Artículo 2.º Los restos del doctor Ramírez Arbeláez serán repatriados por cuenta de la Nación. El Gobierno queda autorizado para determinar la época y forma de la Repatriación y para hacer los gastos correspondientes.
Artículo 3.º Copia auténtica de la presente Ley será enviada á la señora madre del finado.
Dada en Bogotá á ocho de noviembre de mil novecientos once.
El Presidente del Senado,
JOSÉ VICENTE CONCHA.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
FRANCISCO SORZANO.
El Secretario del Senado
Carlos Tamayo.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Miguel A Peñaredonda.
Poder Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 10 de 1911.
Publíquese y ejecútese,
(L.S.) CARLOS E. RESTREPO
El Ministro de Gobierno,
PEDRO M. CARREÑO.
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