Por la cual se conceden unas autorizaciones

Rango Ley
Publicación 1913-11-05
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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DECRETA:

Artículo 1°. Autorízase al Gobierno Nacional para ceder al Municipio de Bogotá el área de terreno indispensable para la prolongación de la carrera 15, hacia el Sur, entre las calles 9 ª.y 10. ª

Esta cesión consistirá en una parte del lote de que es dueña la Nación en el costado Sur del Parque de los Mártires.

Artículo 2°. Autorízase al Gobierno de Cundinamarca para que ceda al Municipio de Bogotá una faja de terreno perteneciente al edificio de San Diego, comprendido entre las carreras 7 ª y 13,ª, a lo largo de la calle 26, faja que mide ciento setenta y ocho metros setenta centímetros de longitud, y que debe tener diez metros de fondo.

Parágrafo. Todos los gastos que ocasione la ejecución de ésta cesión serán de cargo del Distrito de Bogotá.

Parágrafo. Quedan así reformadas las disposiciones contrarias a la presente Ley, contenidas en la de 28 de febrero de 1879 y en la 63 de 1911.

Dada en Bogotá a veintidós de octubre de mil novecientos trece.

El Presidente del Senado,

DANIEL CARBONALL

El Presidente de la Cámara de Representantes,

GUILLERMO CAMACHO

El Secretario del Senado,

Julio H. Palacio

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Daniel J. Reyes

Poder Ejecutivo-Bogotá, octubre 29 de 1913.

Publíquese y ejecútese.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Obras Públicas,

SIMÓN ARAUJO

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