Por la cual se contribuye a la construcción del Colegio de San Simón, y se auxilia al Colegio de Barranquilla

Rango Ley
Publicación 1943-11-24
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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DECRETA:

ARTICULO 1° La Nación contribuye con la suma de trescientos mil pesos ($300.000.00) para la construcción del Colegio de San Simón, que el Departamento del Tolima construye actualmente con sus propios fondos en la ciudad de Ibagué.
ARTICULO 2° La suma de que trata el artículo anterior, será incorporada a razón de cien mil pesos ($100.000.00) en cada uno de los presupuestos de 1943, 1944 y 1945, y se entregara a la Gobernación del Tolima.
ARTICULO 3° Autorizase al Gobierno Nacional para que garantice las obligaciones que el Departamento del Tolima contraiga con destino a la financiación de la obra del Colegio de San Simón.
ARTICULO 4° Auxiliase al "Colegio de Barranquilla" con la suma de sesenta mil pesos ($60.000.00), con destino a la terminación y dotación del edificio en que actualmente funciona.

Esta suma se apropiara en el presupuesto de la próxima o de las siguientes vigencias.

ARTICULO 5° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá a tres de noviembre de mil novecientos cuarenta y tres.

El Presidente del Senado, ABSALON FERNANDEZ DE SOTO-El Presidente de la Cámara de Representantes, ALFREDO NAVIA-El Secretario del Senado, Arturo Salazar Grillo- El Secretario de la Cámara de Representantes, Andrés Chaustre B.

Organo Ejecutivo-Bogotá, noviembre 17 de 1943.

Publíquese y Ejecútese,

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Secretario encargado del Despacho de Educación Nacional,

Roberto ANCIZAR

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