Por la cual se honra la memoria del doctor Laureano García Ortiz

Rango Ley
Publicación 1946-12-17
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1° La Nación honra la memoria del doctor Laureano García Ortiz, ilustre ciudadano, hombre publico e historiador, que le sirvió a su Patria y a sus tradiciones con eficiente desvelo.
ARTICULO 2° Ordénase la colocación de sendos retratos del doctor García Ortiz en el Ministerio de Relaciones Exteriores y en el salón del Consejo Municipal de Ríonegro, de Antioquia, su ciudad natal.
ARTICULO 3° Para el cumplimiento de la presente Ley se apropiarán las sumas necesarias en el Presupuesto de la próxima vigencia. Si no se hiciere, el Gobierno queda autorizado para abrir los créditos o hacer los traslados que fueren necesarios.
ARTICULO 4° Esta ley regirá desde su promulgación.

Dada en Bogotá a seis de diciembre de mil novecientos cuarenta y seis.

El Presidente del Senado, RICARDO BONILLA GUTIERREZ ­ El Presidente de la Cámara de Representantes, JULIO CESAR TURBAY AYALA ­ El Secretario del Senado, Arturo Salazar Grillo ­ El Secretario de la Cámara de Representantes, Andrés Chaustre B.

República de Colombia - Gobierno Nacional ­ Bogotá, 12 de diciembre de 1946.

Publíquese y ejecútese.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Relaciones Exteriores, Francisco UMAÑA BERNAL - El Ministro de Educación Nacional, Mario CARVAJAL.

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