Del Estado del Magdalena "de honores al Jeneral Delgado"
Artículo único. El pueblo soberano del Magdalena reconoce, por el órgano de sus delegados, la importancia de los servicios prestados por el señor Jeneral Daniel Delgado a la causa de las instituciones en la última guerra civil; le tributa un homenaje de aprecio por la decisión con que se ha consagrado al servicio de la República, i recomienda su nombre a la admiración de los amantes de la libertad i el progreso del pais.
El Poder Ejecutivo del Estado remitirá al señor Jeneral Daniel Delgado un ejemplar auténtico de esta lei i solicitará del Poder Ejecutivo federal la publicación de ella en el Diario Oficial de la Nacion.
Dada en Santamaría, a siete de setiembre de mil ochocientos setenta i siete.
El Presidente, José. I. Díaz Granádos
El Secretario, V. Noguera Maza
Santamaría, setiembre ocho de mil ochocientos setenta i siete.
Publíquese i ejecútese.
El Presidente del Estado,
(L. S.) Manuel Davila G.
El Secretario jeneral, Andres Bermúdez.
Es copia-El Secretario jeneral, Andres Bermudez
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