Por la cual se derogan varias disposiciones legales

Rango Ley
Publicación 1912-10-30
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1°. Deróganse la Ley número 12 de 1905 y el artículo 166 de la ley 40 de 1907.

En consecuencia queda insubsistente el Decreto ejecutivo 1165 de 3 de octubre del mismo año, sobre reglamentación del ejercicio de la profesión de abogado, y suspendidos los efectos que su práctica haya podido producir.

Artículo 2°. Deróganse igualmente el Decreto legislativo número 24 de 1906, sobre alumbrado público y provisión de aguas.

Dada en Bogotá a siete de octubre mil novecientos doce.

El Presidente del Senado,

Luis A Mesa.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

J. M. Pasos

El Secretario del Senado,

Bernardo Escobar

El Secretario de la Cámara de Representantes,

JOSÉ DE LA VEGA

Poder Ejecutivo- Bogotá octubre 11 de 1912

Publíquese y Ejecútese

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

PEDRO M. CARREÑO

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