adicional a la número 42 de 1913
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1.º Declárase vía nacional la que partiendo de la ciudad de Bogotá y pasando por las poblaciones de Cáqueza, y Villavicencio y San Martín, va a terminar en Calamar, cabecera de la Comisaría del Vaupés, con sus ramales de Villavicencio a la Salina de Cumaral y al puerto de Barrigón sobre el río Humea, respectivamente.
Artículo 2.º Autorízase al Gobierno para hacer las variantes necesarias a fin de determinar la mejor dirección de la vía.
Artículo 3.º En el trayecto comprendido entre esta ciudad y el Boquerón se construirá el camino macadamizado y apropiado para ruedas.
Artículo 4.º Para los gastos que demande la composición de la citada vía se destina la suma de dos mil pesos mensuales.
Dada en Bogotá a catorce de octubre de mil novecientos catorce.
El Presidente del Senado,
JOSÉ M. GONZÁLEZ VALENCIA
El Presidente de la Cámara de Representantes,
Jorge Holguin
El Secretario del Senado,
Carlos Tamayo
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Fernando Restrepo Briceño
Poder Ejecutivo-Bogotá, octubre 20 de 1914
Publíquese y ejecútese.
JOSE VICENTE CONCHA.
El Ministro de Obras Públicas,
AURELIORUEDA A.
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