por la cual se abren unos créditos adicionales al Presupuesto de gastos de la actual vigencia económica
El Congreso de Colombia
decreta:
Artículo único. Abrense, con imputación al Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia, los siguientes créditos adicionales:
AQUI PDF DIARIO OFICIAL 16542 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 2.
Dada en Bogotá, a once de noviembre de mil novecientos diez y ocho.
El Presidente del Senado, Benjamín GUERRERO-El Presidente de la Cámara de Representantes, Arcadio DULCEY-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.
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