por la cual se ordena un reintegro

Rango Ley
Publicación 1911-11-22
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º El Gobierno reintegrara á la Caja de Recompensas de la Dirección General de Correos y Telégrafos la suma que resulte á deberse por el 2por 100 del producto bruto de correos y telégrafos durante la vigencia del Decreto legislativo número 26 de 1906.
Articulo 2º La suma en referencia se incluirá en el Presupuesto de gastos de la vigencia de 1912.

Dada en Bogotá á diez de noviembre de mil novecientos once.

El Presidente del Senado,

JOSÉ VICENTE CONCHA

El Presidente de la Cámara de Representantes,

FRANCISCO SORZANO

El Secretario del Senado,

Carlos Tamayo

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Miguel A. Peñaredonda

Poder Ejecutivo-Bogotá, Noviembre 14 de 1911.

Publíquese y ejecútese.

(L.S) CARLOS E. RESTREPO

El Subsecretario del Tesoro, Encargado del Despacho,

RICARDOHINESTROSA DAZA.

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