por la cual se honra la memoria del prócer don Juan del Corral

Rango Ley
Publicación 1913-11-05
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1.° Por cuenta de la Nación se levantará en el Cementerio de Rionegro, Departamento de Antioquia, un monumento de mármol para guardar los restos del prócer don Juan del Corral, como homenaje de Colombia a este eminente patricio, esclarecido gobernante e insigne colaborador de la Independencia Nacional.
Artículo 2.° Este monumento llevará la siguiente inscripción:

"Al Presidente de Antioquia don Juan del Corral," el Congreso de 1913

Artículo 3.° En la ciudad de Mompós, cuna del Dictador de Antioquia, se levantará una estatua en bronce del insigne prócer, a cuyo efecto el Gobierno Nacional procederá de acuerdo con la Municipalidad de aquel Distrito.
Artículo 4.° En el Presupuesto de la próxima vigencia se incorporará la partida necesaria para dar cumplimiento a la presente Ley.

Dada en Bogotá a veinticinco de octubre de mil novecientos trece.

El Presidente del Senado,

JOSÉ VICENTE CONCHA

El Presidente de la Cámara de Representantes,

MIGUEL ABADÍA MÉNDEZ

El Secretario del Senado,

Julio H. Palacio

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Daniel J. Reyes

Poder Ejecutivo-Bogotá, octubre 29 de 1913.

Publíquese y ejecútese.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Gobierno,

JOSÉ MANUEL ARANGO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.