Por la cual se auxilian unas Escuelas Gratuitas en el Distrito Especial de Bogotá

Rango Ley
Publicación 1960-11-18
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

ARTÍCULO 1° La Nación contribuirá con la suma de quinientos mil pesos ($ 500.000) para la construcción del edificio de las Escuelas Gratuitas que adelanta el Barrio 20 de Julio de Bogotá, la Comunidad de los Reverendos Padres Salesianos; con igual suma de quinientos mil pesos ($ 500.000) para la construcción que adelantan las Escuelas Gratuitas Populares en el Barrio Olaya Herrera del Distrito Especial de Bogotá, y con una cantidad igual de quinientos mil pesos ($ 500.000) a la Escuela Profesional Gratuita de San Juan Bosco, de la Congregación de Hijas de María Auxiliadora (Salesianas), que da educación femenina técnica industrial para niñas en el Barrio San Cristóbal, también del Distrito Especial de Bogotá.
Artículo 2° Los auxilios de que trata el artículo anterior serán cubiertos en cuotas anuales de a doscientos cincuenta mil pesos ($ 250.000) moneda corriente.
Artículo 3° Las partidas de que trata el Artículo anterior serán incluidas anualmente en el Presupuesto Nacional hasta completar el monto decretado. En caso de no serlo o de tener apropiaciones insuficientes, el Gobierno queda facultado para hacer las traslaciones necesarias para darle total cumplimiento a esta Ley.
Artículo 4° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a dos de noviembre de mil novecientos sesenta.

El Presidente del Senado,

JORGE ENRIQUE GUTIERREZ ANZOLA.

El Presidente de la Cámara de Representantes,

GUSTAVO BALCAZAR MONZON.

El Secretario General del Senado,

Manuel Roca Castellanos.

El Secretario General de la Cámara de Representantes,

Alvaro Ayala M.

República de Colombia - Gobierno Nacional.

Bogotá, D. E., noviembre 16 de 1960.

Publíquese y ejecútese.

ALBERTO LLERAS.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Hernando Agudelo Villa.

El Ministro de Educación Nacional,

Gonzalo Vargas Tubiano.

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