por la cual la Nación se asocia a la conmemoración del Bicentenario del Municipio de Córdoba en el Departamento de Bolívar y se dictan otras disposiciones

Rango Ley
Publicación 1984-12-12
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo primero. La Nación se asocia a la celebración del Bicentenario del municipio de Córdoba en el departamento de Bolívar, y se rinde tributo de admiración a la memoria de sus fundadores, exalta las virtudes cívicas y el espíritu progresista de sus habitantes.
Artículo segundo. De conformidad con los numerales 17 y 20 del artículo 76 de la Constitución Nacional, autorizase al Gobierno Nacional para planificar, desarrollar y ejecutar las siguientes obras de beneficio público y de interés social en el Municipio de Córdoba, así:
Artículo tercero. Autorízase al Gobierno Nacional para efectuar las operaciones presupuestales correspondientes a obtener empréstitos y celebrar los contratos necesarios para dar cumplimiento a la presente Ley.
Artículo cuarto. Esta Ley rige a partir de la fecha de su sanción.

Dada en Bogotá, D. E., a los ... del mes de ... de mil novecientos ochenta y cuatro (1984).

El Presidente del honorable Senado de la República,

JOSE NAME TERAN

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

DANIEL MAZUERA GOMEZ

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Crispín Villazón de Armas.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Julio Enrique Olaya Rincón.

República de Colombia - Gobierno Nacional.

Publíquese y ejecútese.

Bogotá, D. E., 22 de noviembre de 1984.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Roberto Junguito Bonnet.

El Ministro de Minas y Energía,

Alvaro Leyva Durán.

La Ministra de Educación Nacional

Doris Eder de Zambrano.

El Ministro de Salud,

Amaury García Burgos.

El Ministro de Justicia

Enrique Parejo González.

La Ministra de Comunicaciones,

Noemí Sanín Posada.

El Ministro de Obra Públicas y Transporte,

Hernán Beltz Peralta.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.