por la cual la Nación se asocia a la celebración del vigésimo aniversario de la fundación de la Universidad Autónoma Latinoamericana de la ciudad de Medellín y se dictan otras disposiciones
El Congreso de Colombia,
DECRETA:
Artículo 1° La Nación se asocia a la celebración del vigésimo aniversario de la fundación de la Universidad Autónoma Latinoamericana de Medellín, exalta la patriótica labor cultural y académica realizada por el claustro, rinde tributo de admiración a la memoria de sus fundadores y destaca las virtudes de este centro de educación superior
Artículo 2° Una placa conmemorativa de esta efemérides será colocada en un sitio de la Universidad Autónoma Latinoamericana de Medellín, con la siguiente leyenda: "El Congreso de Colombia a la Universidad Autónoma Latinoamericana de Medellín y a la memoria de sus fundadores en sus 20 años1966-1986"
Artículo 3° Como contribución del Estado Colombiano en el vigésimo aniversario de la Universidad Autónoma de la ciudad de Medellín, de conformidad con los numerales 17 y 20 del artículo 76 de la Constitución Nacional, autorízase al Gobierno Nacional para que la auxilie, por una sola vez, con la suma de cien millones de pesos ($100.000.000.00), que serán apropiados en el Presupuesto Nacional de la vigencia correspondiente al año de 1988, con destino a la construcción y dotación del nuevo edificio de la Universidad
Artículo 4° El Gobierno Nacional queda expresamente facultado para realizar los traslados presupuestales y elaborar los créditos y contracréditos necesarios para el cabal cumplimiento de la presente Ley,
Artículo 5° Esta Ley rige desde la fecha de su promulgación
Dada en Bogotá, D.E., a los días del mes de mil novecientos ochenta y siete (1987)
El Presidente del honorable Senado de la República,
PEDRO MARTIN LEYES HERNANDEZ
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
CESAR PEREZ GARCIA
El Secretario General del honorable Senado de la República,
Crispín Villazón de Armas
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,
Luis Lorduy Lorduy
REPUBLICA DE COLOMBIA -GOBIERNO NACIONAL
Publíquese y ejecútese
Bogotá, D.E., 18 de noviembre 1987
VIRGILIO BARCO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Luis Fernando Alarcón Mantilla
El Ministro de Educación Nacional,
Antonio Yepes Parra
El Ministro de Obras Públicas y Transporte,
Luis Fernando Jaramillo Correa
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