Que concede una pensión alimenticia a las señoras Tomasa, Anjela i Gabriela Tatis
El Congreso de los Estados Unidos de Colombia,
considerando:
1.° Que el Coronel Joaquín María Tátis empezó a servir en el Ejercito desde el primero de diciembre de mil ochocientos diez, en calidad de Cadete, i ascendió a aquel grado despues de veintisiete años de servicio;
2.° Que hizo las campañas i asistió a las acciones de guerra siguientes: en las provincias de Cartajena, Mompos, Santamaría i Valle de Cúcuta la de los años de mil ochocientos diez i mil ochocientos quince, habiendo caído prisionero el seis de diciembre de mil ochocientos quince, i condenado a presidio que sufrió hasta el ocho de julio de mil ochocientos veinte; la del sitio i rendicion de Cartajena bajo las órdenes del Jeneral Mariano Montilla, en los años de mil ochocientos veinte i mil ochocientos veintiuno; asistió como segundo Jefe a la acción de guerra de "Caño Renegado," a las órdenes del Sarjento-Mayor José María Antepara, en donde por muerte de éste, tomó el mando, i a pesar de encontrarse herido obtuvo el triunfo; a la de "Mancomojar" a órdenes del Teniente-Coronel Manuel Cortes i Campománes; a las de Guamal, Banco, Chiriguaná, Simana, Cruces i San José de Cúcuta a órdenes del entonces Coronel Simón Bolívar; i la campaña del Perú a órdenes del Libertador;
3.° Que las señoras Tomasa, Anjela i Gabriela Tátis, hijas lejitimas del finado Coronel Joaquín María Tátis, se encuentran sumidas en la mayor pobreza, i en una edad avanzada; i
4.° Que el espresado Coronel Tátis, gozaba del sueldo íntegro de su grado como militar de la Independencia,
DECRETA:
Artículo único. Concédese una pension alimenticia de veinte pesos mensuales a cada una de las señoras Tomasa, Anjela i Gabriela Tátis; huérfanas del Coronel de la Independencia Joaquín María Tátis, cuya pension se pagará como se pagaba la de dicho Jefe.
Dada en Bogotá, a nueve de mayo de mil ochocientos setenta i siete.
El Presidente del Senado de Plenipotenciarios,
J. Ignacio D. Granádos.
El Presidente de la Cámara de Representantes,
Juan J. Miró
El Secretario del Senado de Plenipotenciarios,
Tomas Rodríguez Pérez.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Adolfo Cuéllar.
Bogotá, 14 de mayo do 1877.
Publíquese i ejecútese.
El Presidente de la Union,
(L. S.) AQUILEO PARRA.
El Secretario del Tesoro i Crédito nacional,
J. M. Quijano W.
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