por la cual se condona una suma
El Congreso De Colombia
DECRETA:
Artículo único. Condónese al Sr. Tomás French la suma de mil treinta pesos ochenta y cinco centavos ($1.030-85) por la que se le ejecuta, como valor de unas multas que se le impusieron por el retardo de la entrega de diversas partidas de sal en el Almacén oficial de Málaga, según contrato celebrado el 1.° de Mayo de 1893 con el Gobierno Nacional.
Parágrafo. Condónase también las demás sumas que se le liquiden por demoras á causa del expresado contrato, y , en consecuencia, suspéndanse las acciones judiciales pendientes contra dicho Sr. French por tales cobros.
Dada en Bogotá, á dos de Noviembre de mil ochocientos noventa y cuatro.
El Presidente Del Senado, ANTONIO ROLDÁN -El Presidente de la Cámara De Representantes, NARCISO GARCÍA MEDINA.-El Secretario Del Senado, Camilo Sánchez - El Secretario de la Cámara de Representantes, Miguel A. Peñaredonda**
Gobierno Ejecutivo. Bogotá, Noviembre 6 de 1894.
Publíquese y ejecútese.
- M. A. CARO.
El Ministro Del Tesoro,
MIGUEL ABADÍA MÉNDEZ.
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