por la cual se autoriza al Gobierno Ejecutivo para hacer una transacción
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo único. Autorízase al Gobierno Ejecutivo para hacer una transacción con los herederos del señor Julio Barriga en los términos de las conclusiones del dictamen pericial presentado al Juez de Ejecuciones Fiscales por los señores Luis Rubio Saiz y Eugenio Umaña, con fecha doce de Julio de mil novecientos cinco.
Dada en Bogotá, á diez y nueve de Octubre de mil novecientos nueve.
El Presidente del Senado,
N. G. INSIGNARES
El Presidente de la Cámara de Representantes,
BONIFACIO VELEZ
El Secretario del Senado,
Carlos Tamayo
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Luis María Terán
Poder Ejecutivo-Bogotá, Octubre 21de 1909.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) RAMON GONZALEZ VALENCIA
El Ministro de Obras Públicas,
CARLOS J. DELGADO
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