por la cual se honra la memoria de un ciudadano ilustre

Rango Ley
Publicación 1925-01-19
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

considerando:

decreta:

Artículo 1° Honrase la memoria del doctor Ramón Arango y se recomienda su vida como ejemplo digno de imitarse.
Artículo 2° Un retrato del ilustre finado, hecho a expensas del Tesoro, se colocara en el lugar que designe el Gobernador de Antioquia.
Artículo 3° Copia de esta Ley se enviara a los hijos del doctor Arango y a su hermano político don Luis Mejía Álvarez.
Artículo 4° El gasto que ocasione el cumplimiento de esta Ley se considerara incluido en el Presupuesto de la presente vigencia.

Dada en Bogotá a diez de enero de mil novecientos veinticinco.

El Presidente del Senado, Román GOMEZ-El Presidente de la Cámara de Representantes, Próspero MARQUEZ-El Secretario del Senado, Horacio Valencia Arango-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.

Poder Ejecutivo-Bogotá, 13 de enero de 1925.

Publíquese y ejecútese.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Gobierno, Miguel ABADIA MENDEZ.

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