POR LA CUAL SE HONRA LA MEMORIA DE DOS PRÓCERES

Rango Ley
Publicación 1932-08-23
Estado Vigente
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1º Ríndese homenaje de admiración y reconocimiento a Alejandro Petion y Luis Brion, egregio Presidente de la República de Haití, aquel, y éste glorioso hijo de Curazao, quienes prestaron servicios eminentes a la independencia de la América.
Artículo 2º Como un acto de justicia el Congreso reconoce a tales varones como próceres de la Patria.
Artículo 3º Cuando las circunstancias del Fisco lo permitan, el Gobierno Nacional hará construir los bustos en bronce de Petion y Brion, los que se colocaran, en Bogotá el primero, y en Cartagena el segundo.

Autorizase al Ejecutivo para abrir el crédito administrativo respectivo.

Dada en Bogotá a cuatro de agosto de mil novecientos treinta y dos.

El Presidente del Senado,

MIGUEL GOMEZ FERNANDEZ

El Presidente de la Cámara de Representantes,

MISAEL PASTRANA

El Secretario del Senado,

Odilio Vargas

El Secretario de la Cámara de Representantes,

Horacio Valencia Arango

Poder Ejecutivo-Irco (Anolaima), agosto 17 de 1932.

Publíquese y ejecútese.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Gobierno,

Agustín MORALES OLAYA

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