POR LA CUAL SE HONRA LA MEMORIA DEL GENERAL LEANDRO CUBEROS NIÑO

Rango Ley
Publicación 1935-01-21
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

CONSIDERANDO:

Que ha fallecido el señor General Leonardo Cuberos Niño, quien fue miembro del Senado y de la Cámara de representantes;

Que el General Cuberos Niño se distinguió por la entereza de su carácter, por su magnanimidad y su nobleza;

Que la desaparición del General Cuberos Niño afectó hondamente al pueblo colombiano y especialmente a los habitantes del Departamento Norte de Santander,

DECRETA:

Artículo 1º La República honra la memoria del Señor General Leandro Cuberos Niño.
Artículo 2º En el cementerio de Cúcuta se levantará un monumento que perpetúe la memoria de tan eximio patriota.
Artículo 3º Para el cumplimiento del artículo anterior, se entregará la cantidad de cuatro mil pesos ($ 4,000), a una Junta que, designada por el señor Gobernador del Norte de Santander, funcionará en la ciudad de Cúcuta, bajo el nombre de Junta pro Monumento al General Cuberos Niño.

Dada en Bogotá, a siete de enero de mil novecientos treinta y cinco.

El Presidente del Senado, FABIO LOZANO T.- El Presidente de la Cámara de Representantes, JORGUE URIBE MARQUEZ-El Secretario del Senado, Fidel Perilla Barreto-El Secretario de la Cámara de Representantes,J. Alejandro Peralta.

Poder Ejecutivo-Bogotá enero 16 de 1935.

Publíquese y ejecútese.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Darío ECHANDIA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jorge SOTO DEL CORRAL

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