por la cual se revoca un nombramiento
El Consejo Nacional Legislativo
decreta:
Artículo único. Revócase el nombramiento hecho por esta Corporación en el Sr. General Eliseo Payán, para Vicepresidente de la República.
En virtud de la falta absoluta de Vicepresidente que este acto produce, declárase vacante el puesto hasta el fin del período, con arreglo al artículo 131 de la Constitución.
Dada en Bogotá, á 3 de Mayo de 1888.
El Presidente, JULIO E. PÉREZ-El Vicepresidente, JORGE HOLGUÍN - Los Secretarios, Roberto de Narváez-Manuel de Brigard.
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Mayo 4 de 1888.
Publíquese y ejecútese.
(L. S.) RAFAEL NUÑEZ.
El Ministro de Gobierno,
CARLOS HOLGUÍN.
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