Por la cual se ceden unas zonas de terreno al Municipio de Bogotá y se autoriza al Gobierno Nacional para la apertura de un parque en la misma ciudad
El Congreso de Colombia
decreta:
Artículo 1.° Para facilitar al Municipio de Bogotá la apertura de las nuevas calles que está llevando a cabo, partiendo del frente occidental del Palacio de la Carrera, hacia el Sur oeste, se le hace cesión de las siguientes zonas de terreno de propiedad nacional:
- a) En la manzana comprendida por las calles séptima y octava y carreras octava y novena, el terreno necesario para abrir una calle de trece metros de anchura que atraviese dicha manzana, tomando tal terreno de los lotes de propiedad nacional que forman los solares de la finca ocupada hoy por la Escuela Superior de Guerra, y del lote denominado Quinta de la María.
- b) Del lote de propiedad nacional ubicado en la esquina de la carrera doce con la nueva calle sexta, ocupado hoy por la Clínica Municipal, la faja necesaria para ampliar la citada carrera doce con una anchura de diez y seis metros.
Artículo 2.° Autorizase al Gobierno Nacional para que abra un parque de diez mil (10, 000) metros cuadrados, destinando el efecto el terreno de la parte oriental del lote de la Nación comprendido entre las calles cuarta y quinta y carreras doce y trece
Artículo 3 .° Destinase a la ampliación de las calles cuarta y quinta a una anchura de catorce metros, la zona necesaria de la parte del mismo lote expresado en el Artículo anterior.
Parágrafo. La obra de que trata este Artículo se hará cuando el Asilo de Alienados sea trasladado al nuevo edificio que para tal objeto construye actualmente la Beneficencia. Artículo 4.° Para los efectos a que haya lugar, se declararan estas obras de utilidad pública.
Dada en Bogotá a dos de noviembre de mil novecientos quince.
El Presidente del Senado,
Marcelino ARANGO
El Presidente de la Cámara de Representantes,
A. DULCEY
El Secretario del Senado,
Carlos Tamayo.
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Fernando Restrepo Briceño
Poder Ejecutivo Bogotá, noviembre 3 de 1915.
Publíquese y Ejecútese.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Hacienda,
Diego MENDOZA
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