por medio de la cual se cambia el nombre de Colegio Nacional "La Salle" de La Uvita (Boyacá)

Rango Ley
Publicación 1989-08-23
Estado Derogada
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1o. A partir de la sanción de la presente Ley el Colegio Nacional "La Salle" se denominará Colegio Nacional "Parmenio Díaz Jaime", como homenaje al Reverendo Padre e ilustre Educador Parmenio Díaz Jaime, hijo de ese Municipio.
Artículo 2o. El Gobierno Nacional exalta la brillante labor educativa realizada por el Reverendo Padre Parmenio Díaz Jaime, en favor de la juventud y clases marginadas del Departamento de Boyacá, especialmente en el Municipio de la Uvita y pone su vida como ejemplo para las futuras generaciones.
Artículo 3o. El Ministerio Nacional construirá y colocará en las instalaciones del Colegio un busto del Padre Parmenio Díaz Jaime, como testimonio de gratitud perenne por los servicios prestados a la Educación de la Juventud de la Uvita (Boyacá).
Artículo 4o. Autorízase al Gobierno Nacional para hacer los traslados presupuestales respectivos con el fin de dar cumplimiento a la presente Ley.
Artículo 5o. La presente Ley rige a partir de su sanción.

Dada en Bogotá, D.E., a los... días del mes de... de 1989.

El Presidente del honorable Senado de la República,

LUIS GUILLERMO GIRALDO HURTADO

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

NORBERTO MORALES BALLESTEROS

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Crispín Villazón de Armas.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Luis Lorduy Lorduy

República de Colombia - Gobierno Nacional.

Publíquese y ejecútese.

Bogotá, D.E., agosto 23 de 1989.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Luis Fernando Alarcón Mantilla.

El Ministro de Educación Nacional,

Manuel Francisco Becerra Barney.

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