Por la cual la Nación se asocia al tercer centenario de la fundación de Guaitarilla

Rango Ley
Publicación 1945-01-09
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

ARTICULO 1°. Como homenaje de solidaridad nacional y al asociarse la nación al III centenario de la fundación de Guaitarilla, se ordena la construcción de las siguientes obras en dicho municipio:

Una casa Cosistorial;

Una casa para Escuela de mujeres, y

Una casa para el colegio "Las Nieves" que dirigen las religiosas terciarias Capuchinas.

ARTICULO 2°. Para que las obras estén terminadas el 24 de diciembre de 1945, fecha del centenario, o con posterioridad, se apropiara en el presupuesto de rentas y gastos de la próxima vigencia o de las vigencias venideras, la suma de ciento veinte mil pesos ($ 120.000.00).
ARTICULO 3°. Las sumas a que se refiere el artículo anterior, se entregaran por cuotas duodecimales a la junta del centenario compuesta por el Personero Municipal, el presidente del concejo municipal y un miembro vecino de Guaitarilla, nombrado por el gobernador del Departamento de Nariño.
ARTICULO 4°. El Gobierno podrá hacer los traslados que juzgue oportunos para el fiel cumplimiento de las anteriores disposiciones.
ARTICULO 5°. Esta ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, a seis de diciembre de mil novecientos cuarenta y cuatro.

El Presidente del Senado, JULIO CESAR ENRIQUE.- El Presidente de la Cámara De Representantes, JUAN B. BARRIOS.- El Secretario del Senado, Arturo Salazar Grillo. El Secretario de la Cámara De Representantes, Andres Chaustre B.

Organo ejecutivo.-Bogotá, 26 de diciembre de 1944.

Publíquese y ejecútese,

ALFONSO LOPEZ.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Gonzalo RESTREPO.- El Ministerio de Educación Nacional Antonio ROCHA -El Ministro de Obras Públicas, Alvaro DIAZ S.

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