por la cual se hacen algunas reformas en el ramo Telegráfico
El Congreso de Colombia
decreta:
Articulo 1°. Derogado
Articulo 2°. Derogado
Articulo 3°. Derogado
Articulo 4°. Derogado
Articulo 5°. Derogado
Articulo 6°. Derogado
Dada en Bogotá a veintiocho de noviembre de mil novecientos veintiuno.
El presidente del senado Miguel M TORRALVO El presidente de la Cámara de Representantes, Víctor M SALAZAR El Secretario del Senado, Julio D Portocarrero. -El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño
Poder Ejecutivo.- Bogotá, noviembre 29 de 1921.
Publíquese y ejecútese.
JORGE OLGUIN.
El Secretario del Ministro de Gobierno, encargado del despacho
Pablo A RAMIREZ VALENCIA.
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