por la cual se da una autorización a la Asamblea de Caldas sobre los Corregimientos de La Dorada y Buenavista

Rango Ley
Publicación 1922-09-27
Estado Vigente
Departamento PODER LEGISLATIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

decreta:

Artículo 1° Autorízase a la Asamblea de Caldas para que erija en un Municipio los Corregimientos de La Dorada y Buenavista, o únicamente el primeramente nombrado, pertenecientes al Distrito de Victoria, en aquel Departamento, sin necesidad de que se reúnan las condiciones exigidas por el artículo 8° de la Ley 71 de 1916.

Dada en Bogotá a diez y seis de septiembre de mil novecientos veintidós.

El Presidente del Senado, Carlos JARAMILLO ISAZA-El Presidente de la Cámara de Representantes, Román GOMEZ-El Secretario del Senado, Julio D. Portocarrero-El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando Restrepo Briceño.

Poder Ejecutivo-Bogotá, septiembre 20 de 1922.

Publíquese y ejecútese.

PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Gobierno, Miguel JIMENEZ LOPEZ.

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