POR LA CUAL SE HONRA LA MEMORIA DEL GENERAL BENJAMÍN HERRERA

Rango Ley
Publicación 1930-11-24
Estado Vigente
Departamento CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Congreso de Colombia

CONSIDERANDO

Que el 29 de Febrero de 1924 dejo de existir en Bogotá el General Benjamín Herrera;

Que el General Herrera, en todos los momentos de su vida pública y privada, se distinguió como patriota insigne, desinteresado y valeroso defensor de las instituciones republicanas, baluarte de la paz y amigo de la democracia; y Que es deber del Congreso interpretar los sentimientos de la colectividad

Colombiana ante la memoria de los hombres ilustres, rindiéndoles en oportunidad el homenaje de gratitud y admiración a que se hubieren hecho acreedores,

DECRETA:

Artículo 1º La Republica honra la memoria del General Benjamín Herrera y la recomienda a la veneración de la presente y de las venideras generaciones como alto ejemplo de austeridad, de patriotismo y de sentimientos democráticos.
Artículo 2º El Gobierno erigirá en la capital de la Republica, en el sitio que considere más adecuado, una estatua en bronce del General Herrera, en cuyo pedestal se inscriba:

LA PATRIA POR ENCIMA DE LOS PARTIDOS.

Artículo 3º Copia de esta Ley, en edición de lujo se enviara a la familia del General Benjamín Herrera.

Dada en Bogotá a once de Noviembre de mil novecientos treinta.

El Presidente del Senado, Rogerio FERNANDEZ. El Presidente de la Cámara de Representantes, José Joaquín CAICEDO CASTILLA. El Secretario del Senado, Antonio ORDUZ ESPINOSA. El Secretario de la Cámara de Representantes, Fernando RESTREPO BRICEÑO.

Poder Ejecutivo - Bogotá, Noviembre 14 de 1930.

Publíquese y ejecútese.

ENRIQUE OLAYA HERRERA.

EL MINISTRO DE GOBIERNO,

Carlos E. RESTREPO.

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