por la cual se aprueba la Convención Postal Universal del Cairo
El Congreso de Colombia
decreta:
Artículo 1° Apruébase la Convención Postal, Protocolos Finales, Reglamentos de Ejecución y Acuerdos Adicionales firmados el 20 de marzo de 1934 por el Delegado Plenipotenciario de Colombia en el X Congreso Postal Universal, reunido en El Cairo.
Artículo 2° Autorízase al Poder Ejecutivo para establecer y reglamentar los servicios internacionales relativos a los Acuerdos Adicionales citados en el artículo anterior.
Artículo 3° Esta Ley regirá desde su sanción.
Dada en Bogotá a cinco de noviembre mil novecientos treinta y cinco.
El Presidente del Senado, PEDRO JUAN NAVARRO.
El Presidente de la Cámara de Representantes, GONZALO RESTREPO - El Secretario del Senado, Rafael Campo A.
El Secretario de la Cámara de Representantes, Carlos Samper Sordo.
Poder ejecutivo-Bogotá, noviembre 13 de 1935.
Publíquese y ejecútese.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Relaciones Exteriores, Jorge SOTO DEL CORRAL-El Ministro de Correos y Telégrafos, HernánSALAMANCA.
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