Por el cual se reforma la Ley 80 de 1965
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1º Derogado.
Artículo 2º Derogado.
Artículo 3º Derogado.
Dada en Bogotá, D.E., a 24 de octubre de 1968.
El Presidente del Senado,
MARIO S. VIVAS
El Presidente de la Cámara de Representantes,
RAMIRO ANDRADE
El Secretario del Senado,
Amaury Guerrero
El Secretario de la Cámara de Representantes,
Adriano Tribín Piedrahita
República de Colombia - Gobierno Nacional.
Bogotá, D.E., noviembre 25 de 1968
Publíquese y ejecútese.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Gobierno, Carlos Augusto Noriega. El Ministro de Justicia, Fernando Hinestrosa.
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